NOVEDADES ÁMBITO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO. ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO GENERAL DE CARRETERAS.
El Boletín Oficial del Estado de 10 de octubre de 2025 publica el Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.
La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, preveía en su disposición final primera la aprobación, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, de un nuevo reglamento de desarrollo. En cumplimiento de dicho mandato y conforme a lo previsto en el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para 2025 (PAN-25), aprobado por el Consejo de Ministros el 15 de abril de 2025, se dicta el presente real decreto.
El Real Decreto 899/2025 deroga expresamente el anterior Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, salvo el apartado 1 de su disposición transitoria primera, relativo a la ampliación de la zona de dominio público.
El nuevo reglamento mantiene la estructura sistemática de la Ley 37/2015 y refuerza la especialización funcional de las distintas redes viarias: la red estatal se reserva al tráfico de largo recorrido y a la conexión entre grandes núcleos urbanos e infraestructuras estratégicas (puertos, aeropuertos, pasos fronterizos, centros logísticos), mientras que las redes autonómicas y locales asumirán la circulación de carácter medio o local.
Asimismo, se fijan criterios objetivos para la delimitación de la zona de influencia de las carreteras, procurando un equilibrio entre la protección de la infraestructura estatal y el respeto a las competencias autonómicas y locales en materia de ordenación territorial, urbanismo y medio ambiente.
Finalmente, el texto incorpora medidas de sostenibilidad y movilidad activa, especialmente mediante la promoción de la movilidad ciclista en la planificación y explotación de la red estatal.
El Real Decreto 899/2025 entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, esto es, el 30 de octubre de 2025.